La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha emitido la decisión Nº 533, mediante la cual se declara la constitucionalidad del Decreto Nº 5.118, firmado por el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros que establece el estado de emergencia económica en todo el territorio nacional por un lapso de sesenta (60) días, fundamentándose en lo previsto en el artículo 339 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV).
La solicitud, introducida por el jefe de Estado venezolano, fue objeto de un exhaustivo análisis por parte de la máxima instancia judicial del país. La Sala Constitucional determinó que el decreto presidencial cumple a cabalidad con los lineamientos establecidos en la Carta Magna. Este dictamen subraya la legalidad de la medida adoptada por el Ejecutivo para asegurar la estabilidad económica y social de la nación en un contexto marcado por importantes desafíos.
El Decreto Nº. 5.118 tiene como propósito central la implementación de medidas extraordinarias orientadas a abordar la coyuntura económica actual. El objetivo primordial de estas acciones es la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos y la promoción del bienestar colectivo en Venezuela.
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