El pasado viernes, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), divulgó instructivo que deben usar las entidades financieras para impedir las operaciones que realicen sus clientes desde el extranjero si no notifican que están fuera de Venezuela, según reseña el portal El Nuevo Herald.

A partir de este mes, la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban), hizo cumplimiento de la orden impuesta para los bancos de bloquear operaciones desde el exterior de Venezuela si el cliente no ha notificado previamente su salida del país.
Esto partiendo de la publicación de una circular N° 14539 con fecha 27 de agosto de 2018, el cual señala que si los bancos identifican “alguna transacción que corresponda a clientes que no hayan efectuado la notificación (de salida del país), cuyas direcciones IP se encuentren fuera de la República Bolivariana de Venezuela, deberá efectuar de manera preventiva un condicionamiento especial que imposibilite los accesos para realizar transferencias en línea de los instrumentos pertenecientes a dicho cliente”.
“La fecha de implementación de lo indicado en el presente instructivo es a partir de la semana comprendida desde el domingo 25 de noviembre de 2018 hasta el sábado 1 de diciembre de 2018 y en las semana sucesivas”, dijo Sudeban en una circular del 2 de noviembre pasado.
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Con información de La Patilla