La presidenta encargada de la República, Delcy Rodríguez, fijó los límites de la esperada Ley de Amnistía General y subrayó que este beneficio legal no representa un «borrón y cuenta nueva» indiscriminado, sino una herramienta técnica para la pacificación.
Rodríguez fue enfática al declarar que la normativa se mantendrá estrictamente apegada a los mandatos de la Constitución Nacional, lo que impide que la amnistía sea de carácter absoluto.
Según la mandataria, el objetivo primordial es permitir la descompresión del conflicto político que ha marcado la historia reciente del país desde 1999, pero sin generar espacios para la impunidad en delitos que lesionan la fibra social y la ética pública.
Los límites de la justicia
En su discurso ante los magistrados y representantes del Poder Público, la presidenta aclaró que la medida está diseñada para actores políticos, pero excluye de forma taxativa a quienes hayan incurrido en delitos de alta gravedad.
«Quedarán exceptuados de esta ley, tal como lo contempla nuestra Constitución, aquellos procesados o condenados por homicidio, por tráfico de drogas, por corrupción y por violaciones graves a los derechos humanos», sentenció Rodríguez desde la sede judicial.
Delitos excluidos del beneficio
Para mayor claridad, el pronunciamiento oficial detalló cuatro pilares de exclusión que los tribunales deberán observar estrictamente al aplicar la ley:
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Homicidio: Ningún procesado por delitos contra la vida podrá optar al beneficio.
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Tráfico de Drogas: Los delitos relacionados con el narcotráfico mantienen su rigor procesal.
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Corrupción: Se busca evitar que el perdón político se convierta en una vía de escape para el mal uso de fondos públicos.
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Violaciones Graves a los Derechos Humanos: En concordancia con tratados internacionales, estos delitos no son sujetos de amnistía ni indulto.
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