La rectora principal del Consejo Nacional Electoral, Tania D’Amelio, recordó este jueves a través su cuenta en Twitter que las copias y certificaciones de las actas de nacimiento asentadas en los libros del Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, por lo que no requieren renovación para su autenticidad.
«De conformidad con lo establecido en el artículo 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, las copias y certificaciones de las actas, debidamente asentadas en los libros del Registro Civil no tienen fecha de vencimiento, razón por la cual no se requerirá su renovación para efectos de su validez»
Actas de Nacimiento no se vencen
Según el texto, solo deberá verificarse que las copias y certificaciones de las actas de nacimiento; «sean legibles y no contengan enmiendas y/o tachaduras que dificulten su comprensión».
De este modo, el ente electoral exhortó a los órganos y entes de la Administración Pública, así como instituciones educativas oficiales y privadas; abstenerse de solicitar a los ciudadanos y ciudadanas estos documentos con una determinada fecha de expedición.
Asimismo, enfatiza que el Registro Civil es un servicio que garantiza el derecho a la identidad de los ciudadanos y ciudadanas; mediante el acceso a la información contenida en los archivos y datos que se originan de la declaración de todos los hechos y actos registrables; según lo establecen el numeral 7 del artículo 293 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el artículo 22 de la Ley de Registro Civil.
De conformidad con lo establecido en el Art. 94 de la Ley Orgánica de Registro Civil, LAS COPIAS Y CERTIFICACIONES DE LAS ACTAS DEBIDAMENTE ASENTADAS EN LOS LIBROS DE REGISTRO CIVIL, NO TIENEN FECHA DE VENCIMIENTO. pic.twitter.com/4R1r5zhm1n
— Tania D´Amelio Cardiet (@taniadamelio) February 17, 2022
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