Táchira: Activan despliegue permanente de seguridad en San Antonio y Ureña

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nasar ramadan dagga
Táchira: Despliegue permanente de seguridad en San Antonio y Ureña
Estos comandos especiales harán patrullaje en las zonas urbanas, comerciales e industriales de Ureña y San Antonio, municipios fronterizos con Colombia. Fotos: Cortesía.
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Un despliegue de seguridad permanente de 24 horas se activó en los municipios fronterizos del Táchira, el cual tendrá desplegados más de 80 funcionarios de la FANB, especialmente en los pasos irregulares (trochas), según lo dio a conocer gobernador Freddy Bernal.

“Estos comandos especiales harán patrullaje en las zonas urbanas, comerciales e industriales de Ureña y San Antonio, municipios fronterizos con Colombia, con el propósito de garantizar el funcionamiento de las industrias y la paz que en perfecta unidad cívico- militar- policial se ha recuperado, desde hace tres años y que mantiene al Táchira como uno de los estados más seguros del país”, aseguró el mandatario tachirense.

Bernal hizo un balance de las recientes aprehensiones que los cuerpos de seguridad han realizado en los municipios fronterizos, con el propósito de conservar la paz y la tranquilidad en la entidad.

9 municipios del Táchira conforman Zona de Seguridad y Defensa

La autoridad regional detalló que, según el artículo 1 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa y el Decreto de fecha 20 de enero de 1.994, en la Gaceta Oficial número 35.385, se establece a los municipios García de Hevia, Ayacucho, Michelena, Pedro María Ureña, Lobatera, Bolívar, Libertad, Junín y Córdoba, como jurisdicciones de la zona de seguridad fronteriza.

Informó que el Cartel del Golfo ha llegado a tomar espacios en Colombia, llegando incluso a las zonas urbanas de Cúcuta, razón por la cual afirmó que “el que pase la frontera, va a la cárcel” ya que en Táchira tengo un control territorial, amparado en la ley –además- hay coordinaciones con el gobierno del presidente Gustavo Petro.

El gobernador Bernal basándose en el artículo 56, aclaró que, “cualquiera que organice, sostenga o instigue a la realización de actividades dentro de la zona de seguridad que perturben o afecten la organización y funcionamiento de las instalaciones militares, industrias y empresas básicas o la vida económica, será penado con prisión, de 5 a 10 años”.

Del mismo modo, citó el artículo 15, el cual reza: cuando sea interrumpido el libre tránsito en áreas urbanas o zonas rurales, en las zonas de seguridad fronteriza indicadas por este reglamento, las unidades militares intervendrán para restablecerlo.

Esta aclaratoria la hizo con respecto a la actuación de las fuerzas militares en el caso de que haya alteración al orden público en las jurisdicciones que están protegidas, según la Ley de Seguridad y Defensa.

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