
La Alcaldía de Valencia anuncia la prórroga para la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas; de Industria, Comercio, Servicios o de índole similar por parte de los contribuyentes para los periodos de marzo, abril y mayo; en consideración a la declaración del estado de alerta en toda la jurisdicción para la prevención de la propagación del virus COVID-19.

Según decreto Nº DA/0124/2020, emanado del Despacho del Alcalde, el lapso para la declaración del Impuesto sobre Actividades Económicas; de Industria, Comercio, Servicios o de índole similar por parte de los contribuyentes para el periodo 3-2020 (marzo); y 4-2020 (abril) se extiende hasta el 20 de junio de 2020, mientras que para el periodo 5-2020 (mayo) es hasta el 30 de junio de 2020.
El documento también expresa que se exime a los contribuyentes de la imposición de la sanción prevista en el Artículo 93 (parágrafo primero y parágrafo segundo) de la Reforma Parcial de la Ordenanza de Impuesto sobre Actividades Económicas de Industria, Comercio, Servicios o de índole similar; publicada en Gaceta Municipal de Valencia Nro. 19/7303 Extraordinario de fecha 14 de noviembre de 2019.
Tras el decreto de estado de alerta en toda la jurisdicción del Municipio Valencia, se adoptaron las medidas y restricciones necesarias para la prevención de la propagación del virus COVID-19; razón por la cual resulta ineludible prorrogar el lapso para declarar el Impuesto sobre Actividades Económicas, de Industria, Comercio, Servicios o de índole similar.
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