Sudeban establece lineamientos para abrir cuentas digitales

0
331
nasar ramadan dagga
Sudeban abrir cuentas digitales
Compartir

La Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario (Sudeban) estableció los lineamientos generales para abrir cuentas digitales en la Banca nacional.

De esta manera, las entidades podrían ampliar sus portafolios de cuentas y servicios bajo tecnología digital previa autorización de la Sudeban.

Deben cumplir los siguientes requisitos tecnológicos:

– Identificación de riesgos tecnológicos asociados al producto o servicio financiero.

– Análisis de riesgos, donde se observe la probabilidad de ocurrencia, impacto y nivel de los riesgos identificados.

– Controles implementados o a implementar, como tratamiento para mitigar los riesgos identificados. En caso que los controles no se encuentren realizados, indicar el plan de acción para su ejecución, señalando las acciones a realizar, fechas y responsables.

– Características de los equipos de tecnología, seguridad y telecomunicaciones que soportarán el producto o servicio.

– Sistemas, aplicaciones y/o módulos que lo soportarán o Mecanismos de seguridad de la información.

– Flujo operacional del producto o servicio.

– Procedimientos utilizados para la atención de reclamos y posibles fraudes, que formulen los clientes.

La normativa prevé que la apertura de cuentas, además del acceso a productos y servicios bancarios en plataformas digitales se deberá asentar en un «registro digital» que cumpla con todos los requisitos ya mencionados.

– Identificación con firma electrónica y reconocimiento biométrico –

Los sistemas de identificación de clientes, sean personas naturales o jurídicas, deben garantizar la mayor seguridad de acuerdo con las normativas aplicables.

Para ello se deben aplicar:

Cuentas Nivel 1. Aquellos que permitan verificar la información que suministre electrónicamente el cliente; así como, la identificación efectiva de la persona solicitante.

Cuentas Nivel 2. Firma electrónica o tecnología de reconocimiento biométrico.

Cuentas Personas jurídicas. Firma electrónica.

«En este sentido, la cuenta bancaria digital se considerará pre aprobada solamente con el suministro de información del cliente y una vez que superado el proceso de verificación por la Entidad Bancaria de acuerdo a los procedimientos que establezcan para tal fin, se entenderá formalmente activa«, aclara la circular de la Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario.

Noticias Ahora

Puedes seguir leyendo: Este es el precio del dólar paralelo hoy Lunes 15 de…


“Si quieres visualizar esta y otras noticias desde tu celular, síguenos en TELEGRAM  o suscríbete a nuestro boletín de noticias»

“Si quieres visualizar esta y otras noticias desde tu celular, síguenos en TELEGRAM  o suscríbete a nuestro boletín de noticias» 

Síguenos en nuestras redes 




nasar ramadan dagga